Sucesion - Inscripción

Una vez tramitada la sucesión, tendremos el certificado de resultancias de autos expedido por el Actuario del Juzgado (que el Actuario sea quien expida el certificado de resultancias de autos lo solicitamos en el escrito); para proceder a la inscripción debemos adjuntar un certificado complementario indicando: los datos de los herederos y como se adquirieron (título y modo) el o los bienes por parte del/los causante/s. Por lo cual debemos presentar el certificado de resultancias de autos y el certificado complementario con fotocopia de ambos, ya que la copia hará las veces de minuta, todo esto en una carátula. ¿Cuántas tasas registrales debo colocar? Atendemos a la cantidad de causantes. Por lo cual si un causante ha dejado 10 casas a sus herederos solo se colocarán 2 tasas registrales, los bienes que tenga no importanta, sólo atendemos a la cantidad de causantes. Si tramitamos 2 sucesiones en forma conjuntan serán 4 tasas registrales.

1 comentario:

  1. Perdón, pero no entiendo qué es el certificado complementario, pues en el juzgado nos entregarán un certificado de resultancias de autos firmado por el Actuario. Me podría aclarar? Y la carátula dónde se consigue? Si la sucesión la tramitó un abogado, ¿va también con tasas registrales? Muchas gracias.

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